El TSJA declara ilegal la anterior ordenanza de la ciudad contra el ruido

Las multas que imponía eran significativamente inferiores a lo que establece la ley andaluza de protección ambiental.

Publicado en Granada Hoy el 27/05/2008.

Granada contra el Ruido ha ganado finalmente su batalla contra la ordenanza municipal que, en opinión de la asociación, no valoraba la gravedad de los excesos de ruido. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) le ha dado la razón, declarando nula esta normativa, ya que contradice la ley andaluza de protección ambiental, al establecer multas por debajo de lo que corresponde a estas infracciones. Este triunfo, sin embargo, llega tarde, puesto que la ordenanza dejó de estar en vigor el año pasado, pero para la asociación es importante “que los ciudadanos sepan que durante seis años ha habido en Granada una ordenanza totalmente ilegal”, señala su presidente, Francisco Morales.Haciendo números, Granada contra el Ruido concluye que la ordenanza que se estuvo aplicando de 2001 a 2007 imponía unas multas de entre una cuarta parte y una centésima parte de lo prescrito por la ley. Se fijaban sanciones, según los casos, de 10.000 a 2.500.000 pesetas, mientras que correspondían imposiciones de 1.000.001 en adelante, incluso hasta llegar a los 10.000.000 de pesetas, explica la asociación. La sentencia del TSJA argumenta que los ayuntamientos tienen la potestad sancionadora y pueden determinar el grado de las multas: grado máximo, medio o mínimo, “pero siempre de carácter grave”, señala el tribunal.
Granada contra el Ruido recuerda ahora que advirtió de esto al Ayuntamiento cuando la ordenanza se estaba redactando, así como al nuevo equipo de gobierno municipal tras las elecciones de 2003. “Fuimos ignorados”, denuncia la asociación, que está preparando una queja también ante el Consejo General del Poder Judicial, porque considera que el TSJA no ha dado la prioridad debida a su recurso. El retraso en este caso ha supuesto que en la práctica la sentencia no tenga ningún efecto, puesto que tampoco establece condena en costas “al no mediar mala fe o temeridad”, apunta la sentencia.
La guerra contra el ruido no acaba aquí, desde luego. Si bien esta irregularidad respecto a las sanciones ha sido corregida en la nueva ordenanza que aprobó el Ayuntamiento el año pasado, la asociación sigue considerando deficiente la acción municipal para terminar con los excesos de ruido. De hecho, en el nuevo texto ha detectado ya varios descosidos. Para empezar, la asociación apunta que regula mal las actuaciones sobre ruidos vecinales y motos. “La ordenanza lo que dice es que no se pueden sobrepasar determinados decibelios, pero si hay un borracho gritando en la calle, ¿va a venir un policía con un sonómetro en mano a pedirle que grite con la misma intensidad a ver si lo pasa? Es así de ridículo”, lamenta Morales. Por otro lado, la normativa establece distintos límites sonoros para zonas residenciales, industriales o comerciales, pero Granada contra el Ruido se queja de que no existe un plano donde se definan estas áreas de sensibilidad acústica. Además, en la ordenanza no se definen los protocolos de actuación del Ayuntamiento, denuncia. “Creo que el ciudadano que llama a la Policía porque le molesta un ruido tiene derecho a saber qué puede esperar de ellos: ¿que vayan en ese momento? ¿que vayan en 24 horas? ¿que levanten un acta?”, explica Morales. “La ordenanza intenta regular el comportamiento de los ciudadanos pero no el propio funcionamiento del Ayuntamiento”, critica.

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