¿Es viable una Comunidad Autónoma de la Alta Andalucía?

Publicado en Ideal el 27/11/2008.

José Torne-Dombidau.

Ahora que arrecian las críticas y reticencias por la presumible voracidad del actual inquilino de San Telmo sobre la joya financiera de la Corona granadina, parece el momento oportuno para reflexionar sobre el título que encabeza esta tribuna de opinión. No ignoro que el tema es mentar la bicha para muchos personajes y sectores de la sociedad andaluza, incluso la granadina, pero sin aventura intelectual no hay progreso. Por aquellos caprichos del destino, se han vuelto a ver los largos tentáculos del centralismo sevillano -otra herejía, lo sé-, las indisimuladas apetencias de los gobernantes de la capital bética, pero es así: lo admitan o no, el ‘staff’ gobernante que pace a la orilla del Guadalquivir se alimenta permanentemente de fagocitar competencias, servicios, instituciones, empresas, proyectos y demás esperanzas del futuro que cualquiera de las capitales andaluzas acaricie para su puesta en marcha y particular aprovechamiento. Sevilla no lo perdona. Pero es real: el centralismo sevillano ha existido y existe, sobre todo con respecto a la otrora gran capital, Granada, la provincia que tradicionalmente le ha hablado a Sevilla y a los sevillanos de tú desde el punto de vista institucional y por su acendrada historia. Sin embargo, en la actualidad, Granada, políticamente y en sus relaciones con el gobierno de Sevilla, está doblada, capitidisminuida.

El balance institucional, administrativo y oficial para Granada, en los últimos cien años, no puede ser más desalentador. De ser una plaza de primera, en todos los sentidos, ha pasado a ser una modesta provincia que se ha degradado como mínimo un escalón en el terreno de sus Administraciones públicas y en el empobrecimiento de sus destinos oficiales. Dos ejemplos recientes: hemos perdido la Capitanía General de la IX Región Militar; y, segundo, aunque estatutariamente aquí radica la sede del TSJ, sin embargo Sevilla ha dotado a sus órganos judiciales de un número de Salas, competencias y funcionarios judiciales en tal cantidad y calidad que, ‘de facto’, podemos hablar con propiedad de que hoy Sevilla también dispone de un Tribunal Superior, ‘bis’. La constante necesidad que siente el presidente de éste Alto órgano judicial de trasladarse a Sevilla para pedir medios al Gobierno andaluz, le hace depender permanentemente de él. Media una relación casi jerárquica, menos cuando los vientos soplan responsabilidades (Caso Juez Tirado).

¿Sería posible política y económicamente la segregación de Granada del resto de la Comunidad andaluza para constituir su propia Comunidad autónoma? ¿Existen precedentes? ¿Qué dice la Historia, la Política y la Economía? Afirmemos que en el actual mapa de las Autonomías territoriales existen Comunidades uniprovinciales (Cantabria, Murcia, Navarra ). Por tanto Granada podría ser Comunidad uniprovincial. También Granada podría unirse a Jaén, a Almería, hasta con Murcia. Podríamos constituir la Comunidad autónoma de Andalucía Oriental o la Comunidad autónoma del Sureste de España, respectivamente, con pasillo abierto y directo hacia el próspero arco mediterráneo y de aquí a Europa. El Segundo gobierno de F. González suprimió drásticamente la línea férrea que disponíamos con Levante. Era mala, pero existía. La cambió por el AVE a Sevilla, por la Expo ’92. Debió mejorarse y no se hizo. Ahora tendríamos una conexión cómoda y racional con el territorio valenciano, foco de progreso y riqueza. Pero no fue así. Y retrocedimos, sin apenas protesta, una vez más.

RESULTA interesante acercarse a los precedentes históricos de la organización territorial de España en los que Granada ha tenido su propia personalidad política y económica diferenciada. A Granada su ‘independencia’ institucional, oficial y administrativa (también política) le viene de lejos en el tiempo, por lo que el título de éste artículo podría contestarse hoy afirmativamente. En efecto, si hacemos un superficial repaso a la historia de las divisiones y regiones nos encontramos con datos muy interesantes que fundamentan la tesis de que a Granada y su ‘hinterland’ le va muy bien la singularidad político-geográfica diferenciada, que es la hipótesis que se podría sustentar.

Así, los estudios científicos señalan que existe una Andalucía Oriental y otra Occidental. Que desde el punto de vista histórico-político se puede hablar de una Alta Andalucía (ahí estaría Granada) y una Baja Andalucía (encabezada por Sevilla). Que bajo la Corona de Castilla, en el censo de 1591, figuraban 18 ciudades-provincia entre ellas el Reino de Granada diferenciado del de Sevilla, Córdoba y Jaén. Que en 1641 hubo una conspiración andaluza independentista que pretendía instaurar una monarquía en Andalucía. El episodio, no obstante, ofrece hoy perfiles oscuros y polémicos. Que Felipe V cuando creó las Intendencias (1720) consideró a Granada una división territorial distinta de Córdoba y Sevilla. Que Fernando VI reordenó las Intendencias haciéndolas coincidir con los antiguos Reinos ( Granada). Que bajo Carlos III , en el Nomenclator del Conde de Floridablanca (1785) Granada aparecía como unidad político-administrativa separada. Ésa singularidad granadina se siguió reconociendo hasta por José Bonaparte (1810), que al ordenar el territorio español creó prefecturas (al estilo francés) figurando entre ellas -significativamente- la prefectura del Genil con capital en Granada y componiéndola las provincias de Almería y Granada.

LAS Cortes de Cádiz aprobaron la Constitución de 1812. En su artículo 10 figuraba el territorio de Granada separado de Córdoba, Jaén y Sevilla. En la división territorial de 1822 (Trienio liberal, general Riego) se contemplan quince regiones. Aquí, Andalucía engloba a Granada. La división provincial del ilustre motrileño Javier de Burgos (1833) no modifica la situación de Granada que es considerada una provincia más. Más tarde, Patricio de la Escosura, por Decreto de 29.9.1847, dividió la península en once Gobiernos Generales: Granada englobaba las provincias de Málaga, Almería y Jaén. El siguiente paso histórico lo constituye el Estado de las Autonomías territoriales (1978): Granada forma parte de la Comunidad andaluza que se constituyó con la particularidad de que en la provincia de Almería no se alcanzó la mayoría requerida y fue preciso completar su voluntad autonómica con posterior Legislación orgánica. Y volvemos al principio: de los cuatro reinos a las ocho provincias y diecisiete Comunidades autónomas.

El Estado de las Autonomías -ahora que se cumplen treinta años- podemos decir, en rasgos generales, que ha sido una buena invención, aunque mejorable su ejecución. En realidad, supuso una ansiada descentralización del Estado hacia las Regiones de España (los ‘Territorios autónomos’, que decía el anteproyecto de Constitución). Sin embargo, hacia el interior de las propias Comunidades se ha reproducido una asfixiante centralización, el mal que se ha querido soslayar con respecto al Estado.
Así pues, frente al mal -el indiscutible centralismo sevillano-, el remedio: si no alcanzamos un aceptable grado de progreso y prosperidad bajo el mismo techo, mejor intentarlo fuera. Singularidad la tenemos. O con Jaén y Almería; o con Murcia, o directamente con el Estado, que no es ninguna utopía.

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